CONDICIONES GENERALES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
- El contrato está formado por las condiciones generales, particulares y acordadas mediante confirmación electrónica.
- El cliente acepta que se le facture la cantidad pactada y la forma de pago elegida por el cliente que en su defecto debe ser por domiciliación o trasferencia bancarias a Kantar Media S.A. al código cuenta corriente 0049 1811 35 2310306023.
- La realización del Servicio se iniciará tras la aceptación por el Cliente del Presupuesto, la cual implica la aceptación de las Condiciones Generales. La aceptación deberá ser electrónica. Todo cambio que el Cliente solicite respecto del Presupuesto definitivo da derecho a la Compañía a modificarlo.
- A los importes les serán repercutidos los impuestos, tasas y gravámenes legalmente aplicables al tipo que corresponda en cada momento según la legislación vigente. Cualquier cantidad no satisfecha por el Cliente, dentro del plazo de pago acordado da derecho a la Compañía a cobrar intereses de demora al tipo vigente a partir del día siguiente desde la fecha de vencimiento de la factura y se computarán mensualmente.
- Kantar Media S.A. no se responsabiliza de ningún daño consecuencial.
- Los datos facilitados por el cliente serán tratados por un fichero electrónico propiedad de Kantar Media S.A. conforme a la Ley vigente.
La Compañía es responsable del respeto de esa misma legislación en lo que atañe al uso de los datos personales para suministrar la información. El Cliente también garantiza que el suministro de los datos no incumple el deber de confidencialidad y deberá indemnizar a la Compañía por cualquier reclamación que se le dirija en este sentido.
- Propiedad. La Compañía respeta los derechos de propiedad sobre el material recopilado en la información suministrada que puedan ser titularidad de terceros. La Compañía no se responsabiliza del uso que el Cliente lleve a cabo del contenido de la información suministrada.
- Normas y Códigos profesionales. La Compañía declara respetar y cumplir el Código Internacional CCI/ESOMAR y la Norma UNE 161001 en lo que pueda ser de aplicación.
- Ninguna de las partes queda obligada a cumplir con el contrato cuando la imposibilidad de cumplimiento sea debida a causas de fuerza mayor.
- La responsabilidad de la Compañía derivada del presente Contrato se limitará a los términos expresos establecidos en el Contrato, con exclusión de cualquier otra garantía, condición u obligación impuesta o derivada de otra fuente normativa.
- Las comunicaciones dirigidas a las direcciones que se han hecho constar al efecto se presumirán recibidas en tiempo si de haberse utilizado el sistema normal de correos, hubiera llegado a su destino. Cualquier cambio de domicilio o dirección de correo electrónica deberá comunicarse, siendo válidas en ese tiempo las comunicaciones dirigidas al domicilio anterior.
- Las partes acuerdan expresamente que el presente contrato se someta a la legislación española y el sometimiento expreso a los tribunales de Madrid.